Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI
DECISIÓN DEL EXPERTO ADMINISTRATIVO
Google LLC c. Hiper Spain SL, Villamática S.L. y Juan Manuel Bonillo Diaz
Caso No. D2019-2009
1. Las Partes
La Demandante es Google LLC, Estados Unidos de América, representada por Carlos Polo y Asociados, España.
Los Demandados son Hiper Spain SL, España, Villamática S.L., España y Juan Manuel Bonillo Diaz, España.
2. Los Nombres de Dominio y los Registradores
La Demanda tiene como objeto los nombres de dominio <googlemaps.cat>, <googlemaps.eus>, <googlemaps.gal> y <googlemaps.link>.
El registrador de los nombres de dominio en disputa <googlemaps.cat>, <googlemaps.eus> y <googlemaps.gal> es Nominalia Internet S.L mientras que el registrador del nombre de dominio en disputa <googlemaps.link> es eNom, Inc. (cada uno denominado en adelante “el Registrador”).
3. Iter Procedimental
La Demanda se presentó ante el Centro de Arbitraje y Mediación de la OMPI (el “Centro”) el 16 de agosto de 2019. El mismo día, el Centro envió a los Registradores por correo electrónico una solicitud de verificación registral en relación con los nombres de dominio en disputa. El 27 de agosto de 2019, los Registradores enviaron al Centro, por correo electrónico, sus respuestas develando el registrante y los datos de contacto de cada uno de los nombres de dominio en disputa, los cuales difieren de los nombres de los Demandados y los datos de contacto señalados en la Demanda. El 10 de septiembre de 2019, el Centro envió una comunicación electrónica a la Demandante, suministrando los nombres de registrantes y los datos de contacto develados por los Registradores, e invitando a la Demandante a realizar una enmienda a la Demanda. El Centro envió otra comunicación a las Partes el 10 de septiembre de 2019 en relación con el idioma del procedimiento dado que la Demanda se había presentado en español mientras que el idioma del acuerdo de registro de uno de los nombres de dominio en disputa (<googlemaps.link>) era el inglés y el idioma del acuerdo de registro de los otros tres nombres de dominio era el español. El 12 de septiembre de 2019, la Demandante presentó una solicitud para que el idioma del procedimiento fuera el español. El mismo día la Demandante también presentó una enmienda a la Demanda solicitando la consolidación de los múltiples nombres de dominio y también presentó la Demanda traducida al inglés. Los Demandados no presentaron ninguna comunicación en relación con el idioma del procedimiento.
El Centro verificó que la Demanda, junto a la enmienda a la Demanda y la Demanda traducida, cumplían los requisitos formales de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (la “Política”), el Reglamento de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (el “Reglamento”), y el Reglamento Adicional de la Política uniforme de solución de controversias en materia de nombres de dominio (el “Reglamento Adicional”).
De conformidad con los párrafos 2 y 4 del Reglamento, el Centro notificó formalmente la Demanda a los Demandados, en inglés y en español, dando comienzo al procedimiento el 25 de septiembre de 2019. De conformidad con el párrafo 5 del Reglamento, el plazo para contestar la Demanda se fijó para el 15 de octubre de 2019. El Centro recibió comunicaciones electrónicas informales por parte del Demandado los días 30 de agosto de 2019 y 2, 5, 6, 15 y 25 de septiembre de 2019. El 10 de octubre de 2019, la Demandante presentó ante el Centro una comunicación suplementaria. La Contestación a la Demanda fue presentada ante el Centro el mismo día.
El Centro nombró a Matthew Kennedy como miembro único del Grupo Administrativo de Expertos (en adelante el “Experto”) el 24 de octubre de 2019. El Experto considera que su nombramiento se ajusta a las normas del procedimiento. El Experto ha presentado la Declaración de Aceptación y de Imparcialidad e Independencia, tal y como solicitó el Centro de conformidad con el párrafo 7 del Reglamento.
4. Antecedentes de Hecho
La Demandante es una empresa multinacional que ofrece un motor de búsqueda para Internet y otras utilidades web, como “Google Maps”. Google Maps ofrece imágenes satelitales, fotografía aérea, mapas de calles, vistas panorámicas de 360° de calles, condiciones de tráfico en tiempo real y planificación de rutas para viajar. Google Maps ofrece una API (Application Programming Interface) que permite insertar mapas en sitios web de terceros. Google Maps se lanzó en febrero de 2005 y ahora hay más de 1.000 millones de usuarios activos mensuales de sus servicios. La Demandante posee numerosos registros de marcas en distintos países, incluyendo en la Unión Europea el registro n° 1104306 para GOOGLE del 7 de octubre de 2005 con fecha de prioridad el 16 de septiembre de 1998, para productos y servicios en las clases 9, 35, 36 y 42, entre otros, servicios informáticos, y el registro internacional n° 881006 para una marca GOOGLE (mixta), designando varios países y regiones, tales como España y la Unión Europea, del 12 de enero de 2006, para productos y servicios en las clases 9, 38 y 42. Esos registros siguen en efecto.
Los Demandados Hiper Spain S.L. y Villamática S.L. son compañías con sede en Villarrobledo (Albacete) España. El Demandado Juan Manuel Bonillo Díaz es administrador único de ambas compañías. El Sr. Bonillo Díaz es el único autónomo y trabajador de Villamática S.L., que provee servicios informáticos desde 1988. Cada Demandado es registrante de distintos nombres de dominio en disputa, tal como sigue:
Nombre de dominio en disputa | Registrante: Organización | Registrante: Nombres y Apellidos |
<googlemaps.link> | Hiper Spain SL | Hiper Spain SL |
<googlemaps.cat> | Hiper Spain SL | Juan Manuel Bonillo Diaz |
<googlemaps.eus> | Villamática S.L. | Juan Manuel Bonillo Diaz |
<googlemaps.gal> | Villamática S.L. | Juan Manuel Bonillo Diaz |
Los nombres de dominio en disputa se registraron en las fechas siguientes:
Nombre de dominio en disputa | Fecha de registro |
<googlemaps.link> | 11 agosto 2015 |
<googlemaps.cat> | 30 agosto 2015 |
<googlemaps.eus> | 18 febrero 2019 |
<googlemaps.gal> | 19 febrero 2019 |